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LA REGLA PRIMITIVA DE LOS TEMPLARIOS |
La Regla
Primitiva - Aquí comienza el prólogo a la Regla del
Temple
1.
Nos dirigimos, en primer lugar a todos aquellos quienes
con discernimiento rechazan su propia voluntad y desean
de todo corazón, servir a su rey soberano como
caballero; llevar con supremo afán, y permanentemente,
la muy noble armadura de la obediencia. Y por tanto,
nosotros os invitamos, a seguir a los escogidos por Dios
de entre la masa de perdición y a quienes ha dispuesto,
en virtud de su sutil misericordia, defender la Santa
Iglesia, y que vosotros anheláis abrazar por siempre.
2.
Por sobre todas las cosas, quienquiera que ser un
caballero de Cristo, escogiendo estas sagradas ordenes
en su profesión de fe, debe unir sencilla diligencia y
firme perseverancia, que es tan valiosa y sagrada, y se
revela tan noble, que si se mantiene impoluta para
siempre, merecerá acompañar a los mártires que dieron
sus almas por Cristo Jesús. En esta orden religiosa ha
florecido y se revitaliza la orden caballeresca. La
caballería, a pesar del amor por la justicia que
constituye sus deberes, no cumplió con sus con ellos,
defendiendo a los pobres, viudas, huérfanos e iglesias,
sino que se aprestaron a destruir, despojar y matar.
Dios que actúa conforme a nosotros y nuestro salvador
Cristo Jesús; ha enviado a sus partidarios desde la
ciudad Santa de Jerusalén a los acuartelamientos de
Francia y Borgoña, para nuestra salvación y muestra de
la verdadera fe, pues no cesan de ofrecer sus vidas por
Dios, en piadoso sacrificio.
3.
Ante ello nosotros, en completo gozo y hermandad, por
requerimiento del Maestro Hugues de Payen, por quien la
mencionada orden caballeresca ha sido fundada con la
gracia del Espíritu Santo, nos reunimos en Troyes, de
entre varias provincias más allá de las montañas, en la
fiesta de San Hilario, en el año de la encarnación de
Cristo Jesús de 1128, en el noveno año tras la fundación
de la anteriormente mencionada orden caballeresca. De la
conducta e inicios de la Orden de Caballería hemos
escuchado en capítulo común de labios del anteriormente
citado Maestro, Hermano Hugues de Payen; y de acuerdo
con las limitaciones de nuestro entendimiento, lo que
nos pareció correcto y beneficioso alabamos, y lo que
nos pareció erróneo rechazamos.
4.
Y todo lo que aconteció en aquel Consejo no puede ser
contado ni recontado; y para que no sea tomado a la
ligera por nosotros, sino considerado con sabia
prudencia, lo dejamos a discreción de ambos nuestro
honorable padre el Señor Honorio y del noble Patriarca
de Jerusalén, Esteban, quien conoce los problemas del
Este y de los Pobres Caballeros de Cristo; por consejo
del concilio común lo aprobamos unánimemente. Aunque un
gran número de padres religiosos reunidos en capítulo
aprobó la veracidad de nuestras palabras, sin embargo no
debemos silenciar los verdaderos pronunciamientos y
juicios que emitieron.
5.
Por tanto yo, Jean Michel, a quien se ha encomendado y
confiado tan divino oficio, por la gracia de Dios, he
servido de humilde escriba del presente documento por
orden del consejo y del venerable padre Bernardo, abad
de Clairvaux.
Los
nombres de los Padres que asistieron al Concilio.
6.
Primero fue Mateo, obispo de Albano, por la gracia de
Dios, legado de la santa Iglesia de Roma; R[enaud],
arzobispo de Reims; H[enri], arzobispo de Sens; y sus
clérigos: G[ocelin], obispo de Soissons; el obispo de
París; el obispo de Troyes; el obispo de Orlèans; el
obispo de Auxerre; el obispo de Meaux; el obispo de
Chalons; el obispo de Laon; el obispo de Beauvais; el
abad de Vèzelay, quien posteriormente fue arzobispo de
Lyon y legado de la Iglesia de Roma; el abad de Cîteaux;
el abad de Pontigny; el abad de Trois-Fontaines; el abad
de St Denis de Reims; el abad de St-Etienne de Dijon; el
abad de Molesmes; al anteriormente mencionado B[ernard],
abad de Clairvaux: cuyas palabras el anteriormente
citado alabó francamente. También estuvieron presentes
el maestro Aubri de Reims; maestro Fulcher y varios
otros que sería tedioso mencionar. Y de los otros que no
se han mencionado, es importante asentar, en este
asunto, de que son amantes de la verdad: ellos son, el
conde Theobald; el conde de Nevers; Andrè de Baudemant.
Estuvieron en el concilio y actuaron de tal proceder,
con perfecto y cuidadoso estudio seleccionando lo
correcto y desechando lo que no les parecía justo.
7.
Y también presente estaba el Hermano Hugues de Payen,
Maestre de Caballería, con algunos de los hermanos que
le acompañaron. Estos eran Hermano Roland, Hermano
Godefroy, y Hermano Geoffroi Bisot, Hermano Payen de
Montdidier, Hermano Archambaut de Saint-Amand. El propio
Maestre Hugues con sus seguidores antedichos, expusieron
las costumbres y observancias de sus humildes comienzos
y uno de ellos dijo: Ego principium qui et loquor vobis,
que significa: "Yo quien habla a vosotros soy el
principio" según mi personal recuerdo.
8.
Agradó al concilio común que las deliberaciones se
hicieran allí, y el estudio de las Sagradas Escrituras,
que se examinaron profundamente, con la sabiduría de mi
señor H[onorius], papa de la Santa Iglesia de Roma y del
patriarca de Jerusalén y en conformidad con el capítulo.
Juntos, y de acuerdo con los Pobres Caballeros de Cristo
del Templo que está en Jerusalén, se debe poner por
escrito y no olvidado, celosamente guardado de tal
forma, que para una vida de observancia se puedan
referir a su creador; comparación más dulce que la miel
en paridad con Dios; cuya piedad parece óleo, y nos
permite ir hacia Él a quien deseamos servir. Per
infinita seculorum secula. Amen
Aquí
comienza la Regla de los Pobres caballeros del Temple.
9.
Vosotros los que renunciáis a vuestra voluntad, y
vosotros otros los que servís a un rey soberano con
caballos y armas, para salvación de vuestras almas y por
tiempo establecido, acudiréis con deseo virtuoso a oír
matines y el servicio completo, según la ley canónica y
las costumbres de los maestros de la Ciudad Santa de
Jerusalén. Oh vosotros venerables hermanos, que Dios sea
con vosotros, si prometéis despreciar el mundo por
perpetuo amor a Dios, desterrar las tentaciones de
vuestro cuerpo; sostenido por el alimento de Dios, beber
y ser instruido en los mandamientos de Nuestro Señor; al
final del oficio divino, ninguno debe temer entrar en
batalla si por ende lleva tonsura.
10.
Pero si cualquier hermano es enviado por el trabajo de
la casa y por la Cristiandad al Este – algo que creemos
ocurrirá frecuentemente- y no puede oír el divino
oficio, deberá decir en lugar de matines trece
padrenuestros; siete por cada hora y nueve por vísperas.
Y todos juntos le ordenamos que así lo haga. Pero
aquellos que han sido enviados y no puedan volver para
asistir al divino oficio, si les es posible a las horas
establecidas, que no deberán ser omitidas, rendir a Dios
su homenaje.
La Forma en que deben ser recibidos los Hermanos.
11.
Si cualquier caballero seglar o cualquier otro hombre,
desea dejar la masa de perdición y abandonar la vida
secular escogiendo la vuestra en comunidad, no
consintais en recibirlo inmediatamente, porque según ha
dicho mi Señor San Pablo: Probate spiritus si ex Deo
sunt. Que quiere decir: "Prueba el alma a ver si viene
de Dios" Sin embargo, si la compañía de sus hermanos le
debe ser concedida, dejad que le sea leída la Regla, y
si desea explícitamente obedecer los mandamientos de la
Regla, y complace tanto al Maestre como a los hermanos
el recibirle, dejadle revelar su deseo ante todos los
hermanos reunidos en capítulo y hacer su solicitud con
corazón digno.
Sobre
Caballeros excomulgados.
12.Donde
sepáis que se concentran caballeros excomulgados, allí
os obligamos a ir; y si alguien desea unirse a la orden
de caballería proveniente de regiones lejanas, no
deberéis considerar tanto el valor terrenal como el de
la eterna salvación de su alma. Nosotros ordenamos que
sea recibido condicionalmente, que se presente ante el
obispo de la provincia y le comunique su intención. Y,
cuando el obispo lo haya escuchado y absuelto, lo
enviará al Maestre y hermanos del Temple, y si su vida
es honesta y merecedora de su compañía, si parece justo
al Maestre y hermanos, dejad que sea piadosamente
recibido; y si muriera durante ese tiempo, por la
angustia y tormento que ha sufrido, dejad que se le
otorguen todos los favores de la hermandad, dados a cada
uno de los Pobres Caballeros del Temple.
13.
Bajo ninguna otra circunstancia, deberá los hermanos del
Temple compartir la compañía de los indiscutiblemente
excomulgados, ni que se queden con sus pertenencias; y
esto debe ser prohibido encarecidamente porque sería
terrible que fueran asimismo repudiados. Pero si solo le
ha sido prohibido escuchar el Divino Oficio, es
ciertamente posible permanecer en su compañía, así como
quedarse con sus pertenencias, entregándolas a la
caridad con el permiso de su comandante.
Sobre
no aceptar niños
.
14.
Aunque la regla de los santos padres permite recibir a
niños en la vida religiosa, nosotros lo desaconsejamos.
Porque aquel que desee entregar a su hijo eternamente en
la orden caballeresca deberá educarlo hasta que sea
capaz de llevar las armas con vigor, y liberar la tierra
de los enemigos de Cristo Jesús. Entonces que su madre y
padre lo lleven a la casa y que su petición sea conocida
por los hermanos; y es mucho mejor que no tome los votos
cuando niño sino al ser mayor, pues es conveniente que
no se arrepienta de ello, a que lo haga. Y seguidamente
que sea puesto a prueba de acuerdo con la sabiduría del
Maestre y hermanos conforme a la honestidad de su vida
al solicitar ser admitido en la hermandad.
Sobre
los que están de pie demasiado tiempo en la Capilla.
15. Se nos ha hecho saber, y lo hemos escuchado de
testigos presénciales, que de forma inmoderada y sin
restricción alguna, vosotros escucháis el divino oficio
de pie. Nosotros no ordenamos que os comportéis de esta
forma, al contrario lo desaprobamos. Disponemos, que
tanto los fuertes como los débiles, para evitar
desordenes, canten el salmo llamado Venite, con la
invitatoria y el himno sentados, y digan sus oraciones
en silencio, en voz baja no voceando, para no perturbar
las oraciones de los otros hermanos
.
16.
Pero al final de los salmos, cuando se canta el Gloria
patri, en reverencia a la Santísima Trinidad, os
pondréis de pie y os inclinareis ante el altar, mientras
los débiles o enfermos solo inclinarán la cabeza. Por
tanto mandamos; que cuando la explicación de los
Evangelios sea leída, y se cante el Te deum laudamus, y
mientras se cantan los laudes, y los maitines terminan,
vosotros estéis de pie. De esta misma forma dictaminamos
que permanezcáis de pie durante maitines y en todas las
horas de Nuestra Señora.
Sobre
la vestimenta de los Hermanos.
17.
Disponemos que todos los hábitos de los hermanos sean de
un solo color, bien sea blanco, negro o marrón. Y
sugerimos que tanto en invierno como en verano si es
posible, lleven capas blancas; y a nadie que no
pertenezca la mencionada caballería de Cristo le será
permitido tener una capa blanca, para que quienes hayan
abandonado la vida en oscuridad se reconozcan los unos a
los otros como seres reconciliados con su creador por el
signo de sus hábitos blancos: que significa pureza y
completa castidad. La Castidad es certeza en el corazón
y salud en el cuerpo. Por lo que si un hermano no toma
votos de castidad no puede acceder al eterno descanso ni
ver a Dios, por la promesa del apóstol que dijo: Pacem
sectamini cum omnibus et castimoniam sine qua nemo Deum
videbit. Que significa: "Lucha para llevar la paz a
todos, mantente casto, sin lo cual nadie puede ver a
Dios".
18.
Pero estas vestiduras deberán mantenerse sin riquezas y
sin ningún símbolo de orgullo. Y así, nosotros exigimos
que ningún hermano lleve piel en sus vestidos, ni
cualquier otra cosa que no pertenezca al uso del cuerpo,
ni tan siquiera una manta que no sea de lana o cordero.
Concertamos en que todos tengan lo mismo, de tal forma
que puedan vestirse y desvestirse, y poner y quitarse
las botas con facilidad. Y el sastre, o quien haga sus
funciones, deberá mostrarse minucioso y cuidar que se
mantenga la aprobación de Dios en todas las cosas
mencionadas, para que los ojos de los envidiosos y mal
intencionados no puedan observar que las vestiduras sean
demasiado largas o cortas; deberá distribuirlas de tal
manera que sean de la medida de quien las ha de llevar,
según la corpulencia de cada uno.
19.
Y si alguno por orgullo o arrogancia desea tener para él
un mejor y más fino hábito, dadle el peor. Y aquellos
que reciban vestiduras nuevas deberán inmediatamente
devolver las viejas, para que sean entregadas a
escuderos y sargentos, y a menudo a los pobres, según lo
que considere conveniente el encargado de ese menester.
Sobre
las Camisas.
20.
Entre otros asuntos sobre los que regulamos, debido al
intenso calor existente en el Este, desde Pascua hasta
todos los Santos, gracias a la compasión y de ninguna
forma como derecho, una camisa de lino será entregada al
hermano que así lo solicite.
Sobre
la Ropa de Cama.
21.
Ordenamos por unánimemente que cada hombre tenga la ropa
y sábanas de acuerdo con el juicio de su Maestre. Es
nuestro propósito que un colchón, un almohadón y una
manta son suficientes para cada uno; y aquél a quien le
falte uno de éstos puede usar una alfombra, y una manta
de lino siempre que sea de pelo fino. Y dormirán siempre
vestidos con camisa y pantalón, y zapatos y cinturones,
y donde reposen deberá haber siempre una luz encendida
hasta la mañana. Y el Sastre se asegurará que los
hermanos estén tan bien tonsurados que puedan ser
examinados tanto de frente como de espaldas; y nosotros
ordenamos que vosotros os adhiráis a esta misma conducta
en lo tocante a barbas y bigotes, para que ningún exceso
se muestre en sus cuerpos.
Sobre
Zapatos puntiagudos y Cordones de lazo.
22.
Prohibimos los zapatos puntiagudos y los cordones de
lazo y condenamos que un hermano los use; ni los
permitimos a quienes sirvan en la casa por tiempo
determinado; más bien, prohibimos que los utilicen en
cualquier circunstancia. Porque es manifiesto y bien
sabido que estas cosas abominables pertenecen a los
paganos. Tampoco deberán llevar ni el pelo ni el hábito
demasiado largos. Porque aquellos que sirven al soberano
creador deben surgir de la necesidad dentro y fuera
mediante la promesa de Dios mismo quien dijo: Estote
mundi quia ego mundus sum. Que quiere decir: "Nace como
yo nazco"
Cómo
deben comer.
23.
En el palacio, o lo que debería llamarse refectorio,
deberéis comer juntos. Pero si estáis necesitados de
algo, pues no estáis acostumbrados a los utilizados por
los religiosos, quedamente y en privado deberéis pedir
lo que necesitéis en la mesa, con toda humildad y
sumisión. Porque el Apóstol dijo: Manduca panem tuum cum
silentio. Que significa: "Come tu pan en silencio". Y el
salmista: Posui ori meo custodiam. Que quiere decir: "Yo
reprimí mi lengua" Que significa que "Yo creo que mi
lengua me traicionaría" lo que es, "Callé para no hablar
mal".
Sobre
la Lectura de la Lección.
24.
Siempre, durante la comida y cena en el convento, que se
lean las Sagradas Escrituras, si ello es posible. Si
amamos a Dios, sus Santas palabras y sus Santos
Mandamientos, desearemos escuchar atentamente; y el
lector da texto os reclamará silencio antes de comenzar
a leer.
Sobre
Pucheros y Vasos.
25.
Debido a la escasez de pucheros, los hermanos comerán
por parejas, de tal forma que uno pueda observar más de
cerca al otro, y para que ni la austeridad ni la
abstinencia en secreto sean introducidas, en la comida
de comunidad. Y nos parece justo que cada hermano tenga
la misma ración de vino en su copa.
Sobre
comer Carne.
26.
Deberá ser suficiente, comer carne tres veces por
semana, excepto por Navidad, Todos los Santos, la
Asunción y la festividad de los doce apóstoles. Porque
se entiende que la costumbre de comer carne corrompe el
cuerpo. Pero si un ayuno en el que se debe suprimir la
carne cae en Martes, al día siguiente será dada en
cantidad a los hermanos. Y los Domingos todos los
hermanos del Temple, los capellanes y clérigos recibirán
dos ágapes de carne en honor a la santa resurrección de
Cristo Jesús. Y el resto de la casa, que incluye los
escuderos y sargentos, deberán contentarse con una
comida y estar agradecidos al Señor por ella.
Sobre
las comidas entre Semana.
27.
Sobre los otros días de la semana, que son Lunes,
Miércoles e incluso Sábados, los hermanos tengan dos o
tres comidas de vegetales u otros platos comidos con
pan; y nosotros creemos que es suficiente y ordenamos
que así sea. De tal manera que aquel que no coma en una
comida, lo haga en la otra.
Sobre la comida del Viernes.
28.
Los Viernes, que se ofrezca a toda la congregación,
comida cuaresmal, surgida de la reverencia hacia la
pasión de Cristo Jesús; y haréis abstinencia desde la
festividad de Todos los Santos hasta la Pascua, excepto
el día de Navidad, la Asunción y la festividad de los
doce apóstoles. Pero los hermanos débiles o enfermos no
deberán ser obligados a esto. Desde Pascua hasta la
fiesta de Todos los Santos pueden comer dos veces,
mientras no sea abstinencia general.
Sobre
Dar las Gracias.
29.
Siempre, después de cada comida o cena todos los
hermanos deberán dar gracias a Dios en la iglesia y en
silencio si ésta se encuentra del lugar dónde comen, y
si no lo está en el mismo lugar en donde hayan comido.
Con humildad deberán dar gracias a Cristo Jesús quien es
el Señor que Provee. Dejad que los trozos de pan roto,
sean dados a los pobres y los que estén en rodajas
enteras, sean guardados. Aunque la recompensa de los
pobres sea el reino de los cielos, se ofrecerá a los
pobres sin dudarlo, y la fe Cristiana os reconocerá
entre los suyos; por tanto concertamos, que una décima
parte del pan sea entregado a vuestro Limosnero.
Sobre
ea Merienda.
30.
Cuando cae el sol y comienza la noche escuchad la señal
de la campana o la llamada a oración, según las
costumbres del país, y acudid todos a capítulo. Pero
disponemos que primero merendéis; si bien dejamos la
toma de este refrigerio al arbitrio y discreción del
Maestre. Cuando queráis agua u ordenéis, por caridad,
vino aguado, que se os dé con comedimiento. Ciertamente,
no deberá ser en exceso, sino con moderación. Porque
Salomón dijo: Quia vinum facit apostatare sapientes. Que
quiere decir que el vino corrompe a los sabios.
Sobre
mantenerse en Silencio.
31.
Cuando los hermanos salgan del capítulo no deben hablar
abiertamente excepto en una emergencia. Dejad que cada
uno vaya a su cama tranquilo y en silencio, y si
necesita hablar a su escudero, se lo deberá decir en voz
baja. Pero si por casualidad, a la salida del capítulo,
la caballeresca o la casa tiene un serio problema, que
debe ser solventado antes de la mañana, entendemos que
el Maestre o el grupo de hermanos mayores que gobiernan
la Orden por el Maestre, puedan hablar apropiadamente. Y
por esta razón obligamos que sea hecho de esta manera.
32.
Porque está escrito: In multiloquio non effugies
peccatum. Que quiere decir que el hablar en demasía no
está libre de pecado. Y en algún otro lugar: Mors et
vita in manibus lingue. Que significa: 'La vida y la
muerte están bajo el poder de la lengua.' Y durante esa
conversación nosotros conjuntamente prohibimos palabras
vanas y estruendosos ataques de risa. Y si algo se dice,
durante esa conversación, que no debería haberse dicho,
ordenamos que al acostaros recéis un pater noster con
notable humildad y sincera devoción.
Sobre
los Hermanos Convalecientes.
33.
Los hermanos que por el trabajo de la casa padezcan
enfermedad pueden levantarse a la matinas con el
consentimiento y permiso del Maestre o de aquellos que
se encarguen de ese menester. Deberán decir en lugar de
las matinas trece paternosters, así queda establecido,
de tal forma y manera que sus palabras reflejen su
corazón. Así lo dijo David: Psallite sapienter. Que
significa: 'Canta con sabiduría.' E igualmente dijo
David: In conspectu Angelorum psallam tibi. Que
significa: 'Yo cantaré para ti ante los ángeles.' Y
dejad que esto sea siempre así y a la discreción del
Maestre o de aquellos encargados de tal menester.
Sobre
la Vida en Comunidad.
34.
Leemos en las Sagradas Escrituras: Dividebatur singulis
prout cuique opus erat. Que significa que a cada uno le
será dado según su necesidad. Por esta razón nosotros
decimos que ninguno estará por encima de vosotros, sino
que todos cuidareis de los enfermos; y aquél que esté
menos enfermo dará gracias a Dios y no se preocupará; y
permitiréis que aquel que esté peor se humille mediante
su debilidad y no se enorgullezca por la piedad. De este
modo todos los miembros vivirán en paz. Y prohibimos a
todos que abracen la excesiva abstinencia; si no que
firmemente mantengan la vida en comunidad.
Sobre
el Maestre.
35.
El Maestre puede a quien le plazca entregar el caballo y
la armadura y lo que desee de otro hermano, Y el hermano
cuya cosa pertenecía no se sentirá vejado ni enfadado:
porque es cierto que si se enfada irá contra Dios.
Sobre dar Consejos.
36.
Permitir solo a aquellos hermanos que el Maestre
reconoce que darán sabios y buenos consejos sean
llamados a reunión; y así lo ordenamos, y que de ninguna
otra forma alguien pueda ser escogido. Porque cuando
ocurra que se desee tratar de materias serias; como la
entrega de tierra comunal, o hablar de los asuntos de la
casa, o recibir a un hermano, entonces si el Maestre lo
desea, es apropiado reunir la congregación entera para
escuchar el consejo de todo el capítulo; y lo que
considere el Maestre mejor y más beneficioso, dejar que
así se haga.
Sobre
los Hermanos enviados a Ultramar.
37.
Los Hermanos que sean enviados a diversos países del
mundo deberán cuidar los mandatos de la Regla según su
habilidad y vivir sin desaprobación respecto a la carne
y el vino, etc. para que reciban elogio de extraños y no
mancillar por hecho o palabra los preceptos de la Orden,
y para ser un ejemplo de buenas obras y sabiduría; por
encima de todo, para que aquellos con quienes se asocien
y en cuyas posadas reposen, sean recibidos con honor. Y
a ser posible, la casa donde duerman y se hospeden que
no quede sin luz por la noche, para que los tenebrosos
enemigos no los conduzcan a la maldad, dado que Dios así
lo prohibe.
Sobre
Mantener la Paz.
38.
Cada hermano debe asegurarse de no incitar u otro a la
ira o enojo, porque la soberana piedad de Dios ve al
hermano fuerte igual que al débil, en nombre de la
Caridad.
Cómo deben
actuar los Hermanos.
39.
A efecto de llevar a cabo sus santos deberes, merecer la
Gloria del Señor y escapar del temible fuego del
infierno, es acorde que todos los hermanos profesos
obedezcan estrictamente a su Maestre. Porque nada es más
agradable a Cristo Jesús que la obediencia. Por esta
razón, tan pronto algo sea ordenado por el Maestre o en
quien haya delegado su autoridad, deberá ser obedecido
sin dilación como si Cristo lo hubiese impuesto. Por
ello Cristo Jesús por boca de David dijo y es cierto: Ob
auditu auris obedivit mihi. Que quiere decir: 'Me
obedeció tan pronto me escuchó"
.
40.
Por esta razón rezamos y firmemente dictaminamos a los
hermanos caballeros que han abandonado su ambición
personal y a todos aquellos que sirven por un período
determinado a no salir por pueblos o ciudades sin el
permiso del Maestre o de quien él haya delegado; excepto
por la noche al Sepulcro y otros lugares de oración
dentro de los muros de la ciudad de Jerusalén.
41.
Allí, irán los hermanos por parejas, de otra forma no
podrán salir ni de día ni de noche; y cuando se detienen
en una posada, ningún hermano, escudero o sargento puede
acudir a los aposentos de otro para verlo o hablar con
él sin permiso, tal y como se ha dicho. Ordenamos por
unánime consentimiento que en esta Orden regida por
Dios, ningún hermano deberá luchar o descansar según su
voluntad, sino siguiendo las ordenes del Maestre, a
quien todos deben someterse, para que sigan las
indicaciones de Cristo Jesús que dijo: Non veni facere
voluntatem meam, sed ejus que misit me, patris. Que
significa: 'Yo no vine a hacer mi propia voluntad, sino
la voluntad de mi padre quien me envió.'
Cómo
deben Poseer e Intercambiar.
42.
Sin el permiso del Maestre o quien en su lugar ostente
el cargo, que ningún hermano intercambie cosa alguna con
otro, ni así lo pida, a menos que sea de escaso o nulo
valor.
Sobre
Cerrojos.
43.
Sin permiso del Maestre o quien le represente, ningún
hermano tendrá una bolsa o monedero que se pueda cerrar;
pero los directores de casas o provincias y el Maestre
no se atendrán a esto. Sin el consentimiento del Maestre
o su comandante, que ningún hermano tenga cartas de sus
parientes u otras personas; pero si tiene permiso, y así
lo quiere el Maestre o comandante, estas cartas le
pueden ser leídas.
Sobre
Regalos de Seglares.
44.
Si algo que no se puede conservar, como la carne, es
regalado en agradecimiento, a un hermano por un seglar,
lo presentará al Maestre o al Comandante de
Avituallamiento. Pero si ocurre que uno de sus amigos o
parientes desea regalárselo solo a él, que no lo acepte
sin el permiso del Maestre o su delegado. Es más, si el
hermano recibe cualquier otra cosa de sus parientes, que
no lo acepte sin permiso del Maestre o de quien ostente
el cargo. Especificamos, que los comandantes o
mayordomos, que están a cargo de estos menesteres, que
no se atengan a la citada regla.
Sobre
Faltas.
45.
Si algún hermano, hablando o en soldadesca, o de algún
otro modo, comete una pecado venial, deberá
voluntariamente decírselo al Maestre, para redimirse con
el corazón limpio. Si no acostumbra a redimirse de este
modo, que reciba una penitencia leve, pero si la falta
es muy seria que se aleje de la compañía de sus hermanos
de tal forma que no coma ni beba en la mesa con ellos,
si no solo; y se someterá a la piedad y juicio del
Maestre y hermanos, para que sea salvado el día del
Juicio Final.
Sobre
faltas Graves.
46.
Por encima de todo, debemos asegurarnos que ningún
hermano, poderoso o no, fuerte o débil, que desee
promocionarse gradualmente devenga orgulloso, defienda
su crimen y permanezca sin castigo. Pero si no quiere
someterse por ello que reciba un castigo mayor. Y si
misericordiosas oraciones del consejo se rezan por él a
Dios, y él no quiere enmendarse, si no que se
enorgullece más y más de ello, que sea erradicado del
rebaño piadoso; según lo que el apóstol dice: Auferte
malum ex vobis. Que quiere decir: 'Aparta los malvados
de entre los tuyos.' Es necesario para vosotros separar
las ovejas perversas de la compañía de los piadosos
hermanos.
47.
Es más, el Maestre, que debe llevar en su mano el báculo
- y bastón de mando que sostiene las debilidades y
fortalezas de los demás; deberá ocuparse de ello. Pero
también, como mi señor St Maxime dijo: 'Que la
misericordia no sea mayor que la falta; ni que el
excesivo castigo encamine al pecador a regresar a sus
malas acciones.'
Sobre
las Murmuraciones
48.
Disponemos por divino consejo, el evitar las plagas: de
envidia, murmuración, despecho y calumnia. Por tanto
cada uno debe guardar celosamente los que el apóstol
dijo: Ne sis criminator et susurro in populo. Que
significa: 'No acuses o perjudiques al pueblo de Dios.'
Pero cuando un hermano sepa con certeza que su compañero
ha pecado, en privado y con fraternal misericordia que
sea él mismo quien lo amoneste secretamente, y si no
quiere escuchar, otro hermano deberá ser llamado, y si
los rehusa a ambos, deberán decirlo públicamente ante el
capítulo. Aquellos que deprecian a sus semejantes sufren
de terrible ceguera y muchos están llenos de gran
tristeza ya que no desarraigan la envidia que sienten
hacia otros; y por ello serán arrojados hacia la
inmemorial perversidad del demonio.
Que
Nadie se Enorgullezca de sus Faltas.
49.
Las palabras vanas se sabe son pecaminosas, y las dicen
aquellos que se enorgullecen de su propio pecado ante el
justo juez Cristo Jesús; lo que queda demostrado por las
palabras de David: Obmutui et silui a bonis. Que
significa que uno debería incluso refrenarse de hablar
bien, y observar el silencio. Asimismo prevenid hablar
mal, para evitar la desgracia del pecado. Ordenamos y
firmemente prohibimos a un hermano que cuente a otro
hermano o a cualquiera, las valientes acciones que llevó
a cabo en su vida seglar y los placeres de la carne que
mantuvo con mujeres inmorales. Deberán ser consideradas
faltas cometidas durante su vida anterior y si sabe que
ha sido expresado por algún otro hermano, deberá
inmediatamente silenciarlo; y si no puede lograrlo,
abandonará el lugar sin permitir que su corazón se
mancille por estas palabras.
Que
Nadie Pida.
50.
A esta costumbre de entre otras, ordenamos que os
adhiráis firmemente: que ningún hermano explícitamente
pida el caballo o la armadura de otro. Se hará de la
siguiente manera: si la enfermedad de un hermano o la
fragilidad de sus animales o armadura es conocida y por
lo tanto no puede hacer el trabajo de la casa sin
peligro, que acuda al Maestre, y exponga la situación en
solícita fe y verdadera fraternidad, y se atenga a la
disposición del Maestre o de quien ostente su cargo.
Sobre
animales y escuderos.
51.
Cada hermano caballero puede tener tres caballos y
ninguno más sin el permiso del Maestre, debido a la gran
pobreza que existe en la actualidad en la casa de Dios y
en el Templo de Salomón. A cada hermano le permitimos
tres caballos y un escudero; y si éste último sirve
voluntariamente por caridad; el hermano no debería
pegarle por los pecados que cometa.
Que
ningún Hermano pueda tener una brida ornamentada.
52.
Nosotros prohibimos seriamente a cualquier hermano que
luzca oro o plata en sus bridas, estribos, ni espuelas.
Esto se aplica si las compra; pero si le son regalados
en caridad, los arneses la plata y el oro que sean tan
viejos que no reluzcan, que su belleza no pueda ser
vista por otros ni ser signo de orgullo: entonces podrá
quedárselos. Pero si le son regalados equipos nuevos que
sea el Maestre quien disponga de ellos como crea
oportuno.
Sobre
fundas de Lanza.
53.
Que ningún hermano tenga una funda ni para su lanza ni
para su escudo, pues no es ninguna ventaja, al contrario
podría ser muy perjudicial.
Sobre
las bolsas de comida.
54.
Este mandato que establecemos es conveniente para todos
y por esta razón exigimos sea mantenido de ahora en
adelante, y que ningún hermano pueda hacerse una bolsa
para comida de lino o lana, o de cualquier otro material
que no sea profinel.
Sobre
la Caza.
55.
Prohibimos colectivamente que ningún hermano cace un ave
con otra. No es adecuado para un religioso sucumbir a
los placeres, sino escuchar voluntariamente los
mandamientos de Dios, estar frecuentemente orando y
confesar diariamente implorando a Dios en sus oraciones
el perdón de los pecados que haya cometido. Ningún
hermano puede presumir de la compañía de un hombre que
caza a un ave con otra. Al contrario es apropiado para
un religioso actuar simple y humildemente sin reír ni
hablar en demasía, con razonamiento y sin levantar la
voz. Y por esta razón, disponemos especialmente a todos
los hermanos que no se adentren en el bosque con lanzas
ni arcos para cazar animales, ni que lo hagan en
compañía de cazadores, excepto promovidos por el amor a
salvaguardarlos de los paganos infieles. Ni deberéis ir
con perros, ni gritar ni conversar, ni espolear vuestro
caballo solo por el deseo de capturar una bestia
salvaje.
Sobre
el León.
56.
Es verdad que os habéis responsabilizado a entregar
vuestras almas por vuestros hermanos, tal y como lo hizo
Cristo Jesús, y defender la tierra de los incrédulos
paganos, enemigos del hijo de la Virgen María. Esta
mentada prohibición de caza no incluye en forma alguna
al león, dado que viene sigiloso y envolvente a capturar
su presa, con sus zarpas contra el hombre e id con
vuestras manos contra él.
Cómo
pueden tener propiedades y hombres.
57.
Esta bondadosa nueva orden la creemos emana de las
Sagradas Escrituras y de la divina providencia en la
Sagrada Tierra del Este. Lo que significa que esta
compañía armada de caballeros puede matar a los enemigos
de la cruz sin pecar. Por esta razón juzgamos que debéis
ser llamados Caballeros del Temple, con el doble mérito
y la gallardía de la honestidad; que podáis poseer
tierras y mantenerlas, villanos y campos y los gobernéis
con justicia, e impongáis vuestro derecho tal y como
está específicamente establecido.
Sobre
los Diezmos.
58.
Vosotros habéis abandonado las seductoras riquezas de
este mundo y os habéis sometido voluntariamente a la
pobreza; y por ello hemos resuelto que los que viváis en
comunidad podáis recibir diezmos. Si el obispo de la
localidad, a quien el diezmo se debería entregar por
derecho, desea darlo en caridad; con el consentimiento
del capítulo, puede donar esos diezmos que posee su
Iglesia. Es más, si un plebeyo guarda los diezmos de su
patrimonio para sí, y en contra de la Iglesia, y desea
cederlos a vosotros lo puede hacer con el permiso del
prelado y su capítulo.
Sobre
hacer Juicios.
59.
Sabemos, ya que lo hemos visto, que los perseguidores y
amantes de peleas y dedicados cruelmente a atormentar a
los fieles de la Sagrada Iglesia y a sus amigos, son
incontables. Por el claro juicio del consejo, ordenamos
que si alguien en los lugares del Este o en cualquier
otro sitio os solicita parecer, por creyentes y amantes
de la verdad debéis juzgar el hecho, si la otra parte
accede. Este mismo mandato se aplicará siempre que algo
os sea robado.
Sobre
los Hermanos Ancianos.
60.
Disponemos por consejo compasivo que los hermanos
ancianos y débiles sean honrados con diligencia y
reciban la atención de acuerdo con su fragilidad; y
cuidados por la autoridad de la Regla en aquellos
menesteres necesarios para su bienestar físico, y que en
forma alguna se sientan afligidos.
Sobre
los Hermanos Enfermos.
61.
Que los hermanos enfermos reciban la consideración y los
cuidados y sean servidos según las enseñanzas del
evangelista y de Cristo Jesús: Infirmus fui et
visitastis me. Que significa: ' Estuve enfermo y me
visitaste'; y que esto no sea olvidado. Porque aquellos
hermanos que están dolientes deberán ser tratados con
dulzura y cuidado, porque por tal servicio, llevado a
cabo sin titubear, ganareis el reino de los cielos. Por
lo tanto pedimos al Enfermero que sabia y fervientemente
provea lo necesario a los diversos hermanos enfermos,
como carne, viandas, aves y otros manjares que los
retornen a la salud, según los medios y posibilidades de
la casa.
Sobre
los Hermanos Fallecidos.
62.
Cuando un hermano pase de la vida a la muerte, algo de
lo que nadie está excluido, digáis misa por su alma con
misericordioso corazón, y que el divino oficio sea
ejecutado por los curas que sirven al rey. Vosotros que
servís a la caridad por un tiempo determinado y todos
los hermanos que estén presentes frente al cadáver
rezareis cien paternosters durante los siete siguientes
días. Y todos los hermanos que están bajo la orden de la
casa del hermano fallecido rezaran los cien paternosters,
como se ha dicho anteriormente; después de conocerse la
muerte y por la misericordia de Dios. También rogamos y
ordenamos por autoridad pastoral que un mendigo sea
alimentado con carne y vino durante cuarenta días en
memoria del hermano finado, tal y como lo hiciera si
estuviera vivo. Nosotros explícitamente prohibimos todos
los anteriores ofrecimientos que solían hacer por
voluntad y sin discreción los Pobres Caballeros del
Templo ante la muerte de hermanos, en la celebración de
Pascua u otras fiestas.
63.
Es más, debéis profesar vuestra fe con pureza de corazón
de día y de noche para que puedan compararos, en este
aspecto, con el más sabio de los profetas, que dijo:
Calicem salutaris accipiam. Que quiere decir: 'Yo beberé
de la copa de salvación.' Lo cual significa: 'Vengaré la
muerte de Cristo con mi muerte. Porque de la misma
manera en que Cristo Jesús dio su cuerpo por mí, de la
misma forma estoy preparado para dar mi alma por mis
hermanos.' Esta es una ofrenda apropiada; un sacrificio
viviente y del agrado de Dios.
Sobre
los Sacerdotes y clérigos que sirven a la Caridad.
64.
La totalidad del concilio en consejo os ordena rendir
ofrendas y toda clase de limosnas sin importar el modo
en que puedan ser dadas, a los capellanes y clérigos y a
los que restan en la caridad por un tiempo determinado.
Siguiendo los mandatos de Dios nuestro Señor, los
sirvientes de la iglesia pueden solo recibir ropa y
comida, y no pueden presumir de poseer nada a menos que
el Maestre desee dárselo por caridad.
Sobre
los Caballeros seglares.
65.
Aquellos que por piedad sirven y permanecen con vosotros
por un tiempo determinado son caballeros de la casa de
Dios y del Templo de Salmón. Por lo tanto con piedad
rezamos y así disponemos finalmente que si durante su
estancia, el poder de Dios se lleva a alguno de ellos,
por amor a Dios y propio de la fraternal misericordia,
un mendigo sea alimentado durante siete días para la
salvación de su alma, y cada hermano en esa casa deberá
rezar treinta paternosters.
Sobre
los Caballeros Seglares que Sirven por tiempo
determinado.
66.
Ordenamos que todos los caballeros seglares que deseen
con pureza de corazón servir a Cristo Jesús y la casa
del Templo de Salomón por un periodo determinado que
adquieran, cumpliendo con la norma, un caballo y armas
adecuados y todo lo necesario para la tarea. Es más, que
ambas partes den un precio al caballo y que este precio
quede por escrito para no ser olvidado; y dejad que todo
lo que el caballero, su escudero y su caballo necesiten,
provenga de la caridad fraternal según los medios de la
casa. Si durante ese tiempo determinado, ocurre que el
caballo muere en el servicio de la casa, si la casa lo
puede costear, el Maestre lo repondrá. Si al final de su
estadía, el caballero desea regresar a su país, deberá
dejar en la casa por caridad, la mitad del precio del
caballo, y la otra mitad puede, si lo desea, recibirla
de las limosnas de la casa.
Sobre
la Promesa de los Sargentos
67.
Dado que los escuderos y sargentos que deseen
caritativamente servir en la casa del Temple, por la
salvación de su alma y por un periodo determinado,
vienen de regiones muy diversas, es prudente que sus
promesas sean recibidas, para que el enemigo envidioso
no los haga arrepentirse y renunciar a sus buenas
intenciones.
Sobre las Capas Blancas.
68.
Por unánime consenso de la totalidad del capítulo,
prohibimos y ordenamos la expulsión, por vicioso, a
cualquiera que sin discreción haya estado en la casa de
Dios y de los Caballeros del Temple. También, que los
sargentos y escuderos no tengan hábitos blancos, dado
que esta costumbre ha traído gran deshonra a la casa;
pues en las regiones más allá de las montañas falsos
hermanos, hombres casados y otros que fingían ser
hermanos del Temple las usaron para jurar sobre ellas;
sobre asuntos mundanos. Trajeron tanta vergüenza y
perjuicio a la Orden de Caballería que hasta sus
escuderos se rieron; y por esta razón surgieron muchos
escándalos. Por tanto, que se les entreguen hábitos
negros; pero si éstos no se pueden encontrar, se les
deberá dar lo que se encuentre en esa provincia; o lo
que sea más económico, que es burell.
Sobre
hermanos Casados.
69.
Si hombres casados piden ser admitidos en la
fraternidad, favorecerse y ser devotos de la casa,
permitimos que los recibáis bajo las siguientes
condiciones: al morir deberán dejar una parte de sus
propiedades y todo lo que hayan obtenido desde el día de
su ingreso. Durante su estancia, deberán llevar una vida
honesta y comprometerse a actuar en favor de sus
hermanos, pero no deberán llevar hábitos blancos ni
mandiles. Es más, si el señor fallece antes que su
esposa, los hermanos se quedarán solo con una parte de
su hacienda, dejando para la dama el resto, a efecto de
que pueda vivir sola de ella durante el resto de su
existencia; puesto que no es correcto ante nosotros, que
ella viva como cofrade en una casa junto a hermanos que
han prometido castidad a Dios.
Sobre
Hermanas.
70.
La compañía de las mujeres es asunto peligroso, porque
por su culpa el provecto diablo ha desencaminado a
muchos del recto camino hacia el Paraíso. Por tanto, que
las mujeres no sean admitidas como hermanas en la casa
del Temple. Es por eso, queridos hermanos, que no
consideramos apropiado seguir esta costumbre, para que
la flor de la castidad permanezca siempre impoluta entre
vosotros.
Que
no tengan intimidad con mujeres.
71.
Creemos imprudente para un religioso mirar mucho la cara
de una mujer. Por esta razón ninguno debe atreverse a
besar a una mujer, sea viuda, niña, madre, hermana, tía
u otro parentesco; y recomendamos que la caballería de
Cristo Jesús evite a toda costa los abrazos de mujeres,
por los cuales muchos hombres han perecido, para que se
mantengan eternamente ante Dios con la conciencia pura y
la vida inviolable.
No
ser Padrinos.
72.
Prohibimos que los hermanos, de ahora en adelante,
lleven niños a la pila bautismal. Ninguno deberá
avergonzarse de rehusar ser padrino o madrina; ya que
esta vergüenza trae consigo más gloria que pecado.
Sobre
los Mandatos.
73.
Todos los mandatos que se han mencionado y escrito aquí,
en esta Regla actual están sujetos a la discreción y
juicio del Maestre.
Estos son los Días Festivos y de Ayuno que todos los
Hermanos deben Celebrar y Observar.
74.
Que sepan todos los presentes y futuros hermanos del
temple que deben ayunar en las vigilias de los doce
apóstoles. Que son: San Pedro, San Pablo, San Andrés,
San Jaime, y San Felipe; Santo Tomás, San Bartolomé, San
Simón y San Judas Tadeo, San Mateo. La vigilia de San
Juan Bautista; la vigilia de la Ascensión y los dos días
anteriores; los días de rogativas; la vigilia de
Pentecostés; las cuatro Témporas; la vigilia de San
Lorenzo, la vigilia de Nuestra Señora de la Ascensión;
la vigilia de Todos los Santos; la vigilia de la
Epifanía. Y deberán ayunar en todos los días citados
según la disposición del Papa Inocencio en el Concilio
de la ciudad de Pisa. Y si alguno de los días de ayuno
cae en Lunes, deberán ayunar el Sábado anterior. Si la
Natividad de Nuestro Señor cae en Viernes, los hermanos
comerán carne en honor de la fiesta. Pero deberán ayunar
en el día de San Marcos debido a las Letanías: porque
así ha sido establecido por Roma para los hombres
mortales. Sin embargo, si cae durante la octava de
Pascua, no deberán ayunar.
Estos son los Días de Ayuno que deberán ser observados
en la Casa del Temple.
75.
La natividad de Nuestro Señor; la fiesta de San Esteban;
San Juan Evangelista; los Santos Inocentes; el octavo
día después de Navidad que es el día de Año Nuevo; la
Epifanía; Santa María Candelaria; San Matías Apóstol; la
Anunciación de Nuestra Señora en Marzo; Pascua y los
tres días siguientes al día de San Jorge; los Santos
Felipe y Jaime, dos apóstoles; el encuentro de la Vera
Cruz; la Ascensión del Señor; Pentecostés y los dos días
siguientes; San Juan Bautista; San Pedro y San Pablo,
dos apóstoles; Santa María Magdalena; San Jaime Apóstol;
San Lorenzo; la Ascensión de Nuestra Señora; la
natividad de Nuestra Señora; la Exaltación de la Cruz;
San Mateo Apóstol, San Miguel; Los Santos Simón y Judas;
la fiesta de Todos los Santos; San Martín en invierno;
Santa Caterina en invierno; San Andrés, San Nicolás en
invierno; Santo Tomás Apóstol.
76.
Ninguna de las fiestas menores se debe observar en la
casa del Temple. Y deseamos y aconsejamos que se cumpla
estrictamente: todos los hermanos del Temple deberán
ayunar desde el Domingo anterior a San Martín hasta la
Natividad de Nuestro Señor, a menos que la enfermedad lo
impida. Si ocurre que la fiesta de San Martín cae en
Domingo, los hermanos no tomarán carne el Domingo
anterior. |
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